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Upta considera insuficientes los fondos destinados a la promoción del autoempleo en los presupuestos |
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19-10-2009 a las 11:56:14 |
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MADRID, 17 (SERVIMEDIA) La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) considera insuficientes los fondos que el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2010 destina a la promoción del autoempleo y el emprendimiento. La organización de autónomos recuerda que los PGE mantienen una dotación de 7,5 millones de euros para la difusión y formación del trabajo autónomo, la misma que en 2009, mientras aumenta un 4,5% el capítulo de ayudas directas, hasta los 100 millones de euros. Escribir Comentario (0Comentarios) |
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El descenso en las incorporaciones al autoempleo, principal causa de la caída de autónomos |
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19-10-2009 a las 09:40:04 |
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En el último año y medio el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social (RETA) ha perdido más de ciento ochenta mil cotizantes netos, el dato más negativo de los últimos treinta años. Hasta enero de 2008, el número de altas mensuales era de media superior en diez mil a las bajas que se producían en el sistema. Sin embargo, esta variable ha cambiado en sentido contrario, siendo ahora algo más de doce mil la diferencia a favor de las bajas cada mes. Escribir Comentario (0Comentarios) |
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La destrucción de trabajo autónomo en septiembre se modera |
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08-10-2009 a las 09:41:04 |
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UPTA España. En septiembre han seguido disminuyendo las afiliaciones al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, aunque de forma más moderada que durante los meses de verano. Mientras que en agosto se perdían casi 17.000 activos, durante el último mes se han destruido 7.432 trabajos autónomos. De éstos, 1.333 (el 18% del total de bajas) son autónomos del comercio, que como ya venía anunciando UPTA desde primeros de año, es el sector más afectado por la crisis. Escribir Comentario (0Comentarios) |
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3. Los titulares de establecimientos o locales comerciales e industriales y de oficinas y despachos abiertos al público y los profesionales que ejerzan su profesión conjuntamente con otros en régimen societario o bajo cualquier otra forma jurídica admitida en derecho no tendrán en ningún caso la consideración de trabajadores autónomos económicamente dependientes.