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Apertura III Congreso UPTA |
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09-04-2010 a las 02:11:29 |
 Brillante apertura del III Congreso de UPTA España en el que intervinieron además del propio secretario general de la mayor organización de autónomos de España, UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos), Sebastián Reyna, la Vicepresidenta Primera del Gobierno de España, María Teresa Fernández De La Vega, el Secratario General de la Unión General de Trabajadores (UGT) Cándido Méndez, el Director General de Política Comercial del Mº IT y C, Angel Allue Buiza, el Director General de Economía Social, Trabajo Autónomo y RSE del Mº TIN, Juan José Barrera Cerezal, el Presidente de la Comisión de Trabajo e Inmigración, Juan Antonio Barranco y el portavoz del grupo del PSOE en el Ayuntamiento de Madrid, el concejal David Lucas. Escribir Comentario (0Comentarios) |
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El acuerdo final en la Ley de Morosidad retrocede con respecto a la propuesta originaria |
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06-04-2010 a las 09:11:50 |
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Los autónomos y las microempresas han salido perjudicados en el último proceso de negociación parlamentaria para llegar a un consenso en la modificación de la Ley de Morosidad, con respecto a las propuestas originarias tanto del Proyecto de CiU como de los borradores conocidos hasta ahora para la Ley de Economía Sostenible. El texto aprobado por la Comisión de Industria del Congreso de los Diputados contempla un plazo de pago máximo de sesenta días entre empresas, pero dicho plazo entrará en vigor efectivamente en el año 2013. Sin embargo, los textos originarios preveían que para los autónomos y microempresas el periodo de sesenta días entrara en vigor de forma inmediata. Escribir Comentario (0Comentarios) |
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Residencias de Tiempo Libre 2010 |
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03-03-2010 a las 12:31:22 |
Se acaba el plazo para presentar las solicitudes de las Residencias de Tiempo Libre en España del 2010. Más información en el enlace Residencias UGT. Puedes descargar también el cartel en formato pdf pulsando sobre la imagen. También te puedes informar en la Federación que te corresponda, si eres autónomo en UPTA.
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Los agentes de seguros exclusivos y agentes de seguros vinculados que cumplan con las condiciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 20/2007 de 11 de julio, estarán sujetos como trabajadores autónomos económicamente dependientes al capítulo III del Título II del citado Estatuto y quedan incluidos en el ámbito de aplicación del presente Real decreto.