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Los inmigrantes le dan la espalda a la crisis PDF Imprimir Correo
22-06-2010 a las 11:59:50

Del total de las 2.764 altas netas registradas en el RETA en mayo, 1.479 pertenecieron a extranjeros

 Los inmigrantes han decidido superar la crisis poniendo en marcha negocios por cuenta propia. El pasado mes de mayo, de las 2.764 altas netas registradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, 1.479 pertenecieron a inmigrantes, y de ellas el 66% (976) pertenecen a extracomunitarios. Y son éstos los que mes tras mes siguen creciendo en afiliación, aunque hay que destacar los dos meses de crecimiento de los autónomos comunitarios tras dos años de descensos continuados.

 

Baleares y Cataluña son las Comunidades Autónomas donde los inmigrantes abren más negocios. En mayo han registrado una subida neta de 885 y 504, respectivamente, (el 94% del total de la subida de autónomos inmigrantes).

Por sectores de actividad, la construcción y el transporte son los únicos donde se siguen manteniendo las bajas. Este mes han sido 356 en construcción y 20 en transporte. El resto de sectores presentan subidas destacadas en mayo y muestran signos notables de recuperación. En comercio se ha incrementado la afiliación en 767 activos (el pasado mes de abril habían incrementado 684 y en marzo en 500), en hostelería hay 725 afiliados más que en abril (mientras que en abril hubo 873 afiliados netos más y en marzo hubo 588 más que en febrero).

Los chinos siguen liderando la afiliación, durante el mes de mayo se han dado de alta 514 ciudadanos chinos más en el RETA y suman ya 29.593. Los que siguen con su descenso continuado son los ciudadanos rumanos, más concentrados en el ámbito de la construcción, en mayo ha habido 44 bajas netas en la afiliación de este colectivo al RETA, aunque el descenso se está amortiguando mes a mes.

Estos datos refuerzan la posición de UPTA que ya anunciaba hace meses que la recuperación del emprendimiento, imprescindible para contrarrestar la crisis en las empresas, vendría de la mano de la iniciativa de los trabajadores inmigrantes que, además, en poco espacio de tiempo serán creadores de empleo.

Este desarrollo se está produciendo pese a las muchas trabas que este colectivo tiene para ejercer una actividad por cuenta propia. Dificultad de acceso al permiso de trabajo, retrasos en el reconocimiento de las cualificaciones profesionales y la escasa capacidad de las Administraciones públicas para aplicar medidas de asistencia técnica a los proyectos y la práctica desaparición de los sistemas de microcréditos en España.

 Tabla por Comunidades Autónomas.


Comunidades Autónomas


Afiliados comunitarios a 30 de abril 2010


Afiliados comunitarios a 31 de mayo 2010




Diferencia


Afiliados extra

comunitarios a 30 de

abril 2010


Afiliados extra comunitarios a 31 de mayo 2010




Diferencia

ANDALUCÍA

15.957

15.610

-347

11.187

11.195

+8

ARAGÓN

3.010

3.037

+27

2.826

2.888

+62

ASTURIAS

927

919

-8

1.036

1.057

+21

I. BALEARES

9.707

10.363

+656

2.943

3.172

+229

CANARIAS

10.308

10.250

-58

4.630

4.649

+19

CANTABRIA

612

619

+7

707

713

+6

CAST. Y LEÓN

2.914

2.922

+8

2.607

2.622

+15

CAST. MANCHA

2.793

2.785

-8

2.450

2.492

+42

CATALUÑA

17.962

18.175

+213

21.163

21.454

+291

C. VALENCIANA

17.104

17.040

-64

10.995

11.052

+57

EXTREMADURA

749

756

+7

935

939

+4

GALICIA

2.294

2.312

+18

2.493

2.501

+8

MADRID

14.983

14.984

+1

18.225

18.356

+31

MURCIA

2.279

2.284

+5

2.890

2.925

+35

NAVARRA

1.307

1.328

+21

1.134

1.147

+13

PAÍS VASCO

3.230

3.252

+22

3.094

3.127

+33

LA RIOJA

698

701

+3

666

664

-2

CEUTA

34

33

-1

170

171

+1

MELILLA

37

39

+2

356

360

+4

TOTAL

106.905

107.407

+502

90.508

91.484

+976




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El contrato de agencia de seguros que se celebre entre el agente de seguros autónomo económicamente dependiente y la entidad aseguradora dentro del ámbito de aplicación del artículo 9 del real decreto se regirá, en lo que no se oponga al artículo 10 de la Ley 26/2006 de 17 de julio, por lo dispuesto en el capítulo primero del real decreto sin perjuicio de las especificidades que se recogen en este capítulo.

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